En Gefisco sabemos que el activo más valioso de un negocio son las personas que lo componen. Sin ellas, la actividad no sería posible.
Por eso, le ayudamos a cuidarles gestionando al 100% todos los trámites relacionados con su personal a cargo.
CONTRATOS DE TRABAJO
Un contrato de trabajo es un acuerdo, de forma escrita o verbal, entre un empresario y un trabajador, de manera que el segundo se obliga a realizar un determinado trabajo o tarea, con unas determinadas condiciones y por una remuneración preestablecida.
En la actualidad, existe obligación de realizar los contratos de trabajo por escrito en los siguientes casos: trabajos de prácticas, formación, de obra, a tiempo parcial, fijo discontinuo o relevo, a domicilio y en los casos en los que el contrato sea de tiempo determinado, siempre que su duración sea superior a cuatro semanas.
Un contrato de trabajo lo puede firmar cualquier persona mayor de 18 años o de 16 con el consentimiento de sus padres o tutores. La duración puede ser por tiempo limitado o bien indefinido. El periodo de prueba no es obligatorio pero, de incluirlo, suele ser de un mes.
En el contrato de trabajo se deben redactar, de la manera más clara posible, todas las obligaciones y derechos que ambas partes acuerden, con el objetivo de evitar futuros enfrentamientos que normalmente se producen por discrepancias acerca de qué derechos u obligaciones se habían acordado al principio.
En Gefisco redactamos los contratos incorporando todas las cláusulas que las partes hayan pactado y, sobre todo, evitando los contratos genéricos y consiguiendo con ello mayor claridad en lo acordado.
¿Está pensando en aumentar su plantilla? Nuestra asesoría gestoría se encarga de todos los trámites relacionados con los contratos de trabajo.
CONTRATOS DE TRABAJO
Un contrato de trabajo es un acuerdo, de forma escrita o verbal, entre un empresario y un trabajador, de manera que el segundo se obliga a realizar un determinado trabajo o tarea, con unas determinadas condiciones y por una remuneración preestablecida.
En la actualidad, existe obligación de realizar los contratos de trabajo por escrito en los siguientes casos: trabajos de prácticas, formación, de obra, a tiempo parcial, fijo discontinuo o relevo, a domicilio y en los casos en los que el contrato sea de tiempo determinado, siempre que su duración sea superior a cuatro semanas.
Un contrato de trabajo lo puede firmar cualquier persona mayor de 18 años o de 16 con el consentimiento de sus padres o tutores. La duración puede ser por tiempo limitado o bien indefinido. El periodo de prueba no es obligatorio pero, de incluirlo, suele ser de un mes.
En el contrato de trabajo se deben redactar, de la manera más clara posible, todas las obligaciones y derechos que ambas partes acuerden, con el objetivo de evitar futuros enfrentamientos que normalmente se producen por discrepancias acerca de qué derechos u obligaciones se habían acordado al principio.
En Gefisco redactamos los contratos incorporando todas las cláusulas que las partes hayan pactado y, sobre todo, evitando los contratos genéricos y consiguiendo con ello mayor claridad en lo acordado.
¿Está pensando en aumentar su plantilla? Nuestra asesoría gestoría se encarga de todos los trámites relacionados con los contratos de trabajo.
nóminas
Una nómina es un documento por el cual un trabajador firma haber recibido una cantidad de dinero por el trabajo realizado. En este documento aparecen claramente conceptos como el salario bruto, los descuentos por cotizaciones al desempleo y seguridad social, así como las retenciones si las hubiera, que el empresario ingresará en nombre del trabajador, por concepto de entrega a cuenta del IRPF.
En Gefisco, nos aseguramos concienzudamente de que las nóminas que entregamos a nuestros clientes cumplen estrictamente con el convenio colectivo que regula la actividad de la empresa, así como con la legislación laboral vigente. Por ello, recibimos diariamente las últimas novedades laborales, como actualizaciones de convenio, y garantizamos al cliente que se aplican inmediatamente, después de su publicación en el BOE, en cada documento laboral.
FINIQUITOS
Un finiquito es la liquidación de todas las cantidades pendientes en el momento de la finalización de la relación laboral existente entre el trabajador y el empresario.
En Asesoría Gefisco, nos preocupamos de que los finiquitos cumplan con toda la normativa actual, actuando, si fuera necesario, de árbitro entre las partes para llegar a un acuerdo amistoso que evite gastos y costes judiciales innecesarias.
FINIQUITOS
Un finiquito es la liquidación de todas las cantidades pendientes en el momento de la finalización de la relación laboral existente entre el trabajador y el empresario.
En Asesoría Gefisco, nos preocupamos de que los finiquitos cumplan con toda la normativa actual, actuando, si fuera necesario, de árbitro entre las partes para llegar a un acuerdo amistoso que evite gastos y costes judiciales innecesarias.
SEGURIDAD SOCIAL
Actualmente todas las altas, bajas y modificaciones en las relaciones laborales tanto por cuenta propia como por cuenta ajena deben realizarse a través de la Seguridad Social, mediante la Sede Electrónica y el Sistema Red. Además, para el caso de los autónomos, es obligatorio tener la firma electrónica.
Desde el Área Laboral de Gefisco gestionamos todos los trámites necesarios para el cumplimiento de estas obligaciones. Asimismo, ayudamos al cliente a obtener la firma electrónica que necesitará para realizar estos trámites.
Contratos, nóminas, bajas laborales… Olvídese de todas las gestiones del área laboral de su negocio
DÉJELO EN NUESTRAS MANOS
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