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asesoría gestoría fiscal Alicante
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Todo el mundo estamos familiarizados con los impuestos que nos rodean. Cuando vamos a comprar algo al supermercado pagamos IVA. Cuando nos pagan por nuestro trabajo nos retienen una cantidad a cuenta de nuestra renta pero ¿qué impuestos tenemos que pagar cuando somos autónomos?

Desde luego, los más importantes ya los hemos mencionado. Ellos son el IVA y las entregas a cuenta del IRPF, pero hay otros que no debemos olvidarnos. A continuación, describimos brevemente los que nos van a resultar más familiares. Por supuesto hay otros muchos, pero los que exponemos son los impuestos comunes a prácticamente todos los autónomos.

declaración de la renta (MODELOS 130, 131 Y 100)

Si de su actividad obtiene un beneficio, estará obligado a pagar el impuesto de la renta de las personas físicas. Ese pago puede hacerse mediante declaraciones periódicas a lo largo del año fiscal (normalmente trimestrales) en los modelos 130 o 131, en retenciones hechas por sus pagadores (clientes) o en la declaración de la renta anual (modelo 100).

Este impuesto es progresivo, lo que significa que, cuanto más gane en el año fiscal, más porcentaje de impuesto pagará en su renta. Ese porcentaje dependerá, entre otras cosas,  de su situación personal, de otros ingresos personales que tenga o de posibles deducciones y reducciones.

En la asesoría Gefisco le hacemos su declaración de la renta. En primer lugar, usted nos aporta toda la documentación que entiende necesaria para la declaración. Nosotros la analizamos, la cotejamos con el informe fiscal y, si entendemos que necesitamos nuevas aclaraciones o aportar documentación complementaria,  le enviamos un mail o le llamamos por teléfono. Una vez confeccionada la declaración le informamos del resultado, respondemos dudas y la presentamos ante la Agencia Tributaria.

Garantizamos que cualquier impuesto hecho por nosotros está libre de errores. En caso de que usted reciba una liquidación causada por un error nuestro, nos hacemos cargo de cualquier sanción que de ella derive.

impuestos autónomos asesoría Alicante
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declaración de la renta (MODELOS 130, 131 Y 100)

Si de su actividad obtiene un beneficio, estará obligado a pagar el impuesto de la renta de las personas físicas. Ese pago puede hacerse mediante declaraciones periódicas a lo largo del año fiscal (normalmente trimestrales) en los modelos 130 o 131, en retenciones hechas por sus pagadores (clientes) o en la declaración de la renta anual (modelo 100).

Este impuesto es progresivo, lo que significa que, cuanto más gane en el año fiscal, más porcentaje de impuesto pagará en su renta. Ese porcentaje dependerá, entre otras cosas,  de su situación personal, de otros ingresos personales que tenga o de posibles deducciones y reducciones.

En la asesoría Gefisco le hacemos su declaración de la renta. En primer lugar, usted nos aporta toda la documentación que entiende necesaria para la declaración. Nosotros la analizamos, la cotejamos con el informe fiscal y, si entendemos que necesitamos nuevas aclaraciones o aportar documentación complementaria,  le enviamos un mail o le llamamos por teléfono. Una vez confeccionada la declaración le informamos del resultado, respondemos dudas y la presentamos ante la Agencia Tributaria.

Garantizamos que cualquier impuesto hecho por nosotros está libre de errores. En caso de que usted reciba una liquidación causada por un error nuestro, nos hacemos cargo de cualquier sanción que de ella derive.

ASESORÍA GESTORÍA ALICANTE
iva (MODELOS 303 Y 309)

Es un impuesto indirecto que grava el consumo, pero nosotros siempre decimos que el IVA es neutro para el autónomo, ya que lo que pagamos de IVA en nuestras facturas nos lo va a devolver Hacienda y, por otro lado, el IVA que cobramos en nuestras facturas emitidas se lo va a llevar también Hacienda. Al final, la diferencia entre el IVA que recogemos menos el IVA que pagamos se la va a llevar la Agencia Tributaria si el resultado es positivo y nos lo va a reintegrar si es negativo.

En la gran mayoría de los casos la periodicidad del IVA suele ser trimestral, estando obligados a presentar el modelo 303 en los meses de abril, julio, octubre y enero y debiendo declarar en cada uno de ellos todas aquellas facturas que se hayan recibido y emitido en el trimestre inmediatamente anterior.

Existen opciones de pago con este impuesto: el pago domiciliado, por NRC y aplazamiento y/o fraccionamiento. El primero de ellos se debe presentar 5 días antes de la fecha límite de presentación (normalmente los días 20).

Para que en la asesoría podamos confeccionar este impuesto es imperativo tener las facturas, ya que es el único documento válido a efectos de deducibilidad. Las podemos recibir tanto en papel (cada vez más en desuso), como en archivos enviados por mail, en un drive o un pen. Para contabilizarlas, vemos de qué son para comprobar que es un gasto deducible. Si con alguna factura tenemos dudas de su posible deducción, informamos al cliente y le explicamos la razón de nuestras dudas.

irpf (MODELOS 111 Y 115)

Si bien hemos explicado anteriormente el impuesto de la renta, ahora nos referimos concretamente a los modelos 111 y 115. En ellos va a tener que dar a Hacienda las cantidades retenidas a sus trabajadores en las nóminas, a los profesionales que haya contratado y de los alquileres de locales pagados.

Aunque realmente no es un impuesto suyo, usted, como autónomo, hace de recaudador de Hacienda y, una vez recaudado (retenido) ese dinero, se lo deberá  enviar (pagar) a la Agencia Tributaria. Estos pagos son trimestrales y no se pueden aplazar.

asesoría gestoría en Alicante
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irpf (MODELOS 111 Y 115)

Si bien hemos explicado anteriormente el impuesto de la renta, ahora nos referimos concretamente a los modelos 111 y 115. En ellos va a tener que dar a Hacienda las cantidades retenidas a sus trabajadores en las nóminas, a los profesionales que haya contratado y de los alquileres de locales pagados.

Aunque realmente no es un impuesto suyo, usted, como autónomo, hace de recaudador de Hacienda y, una vez recaudado (retenido) ese dinero, se lo deberá  enviar (pagar) a la Agencia Tributaria. Estos pagos son trimestrales y no se pueden aplazar.

otras declaraciones informativas e impuestos

DECLARACIÓN ANUAL DE OPERACIONES CON TERCEROS

Hablamos del modelo 347. Se presenta anualmente en febrero y consiste en el envío de un listado de proveedores / acreedores y clientes con los que hemos o nos han facturado más de 3.005,06 euros, IVA incluido.

DECLARACIÓN DE OPERACIONES INTRACOMUNITARIAS

De la misma manera que existe el modelo 347, también tenemos el modelo 349 que consiste en el mismo tipo de listado, pero en este caso sin cantidad mínima y relativo a operaciones que realizamos con la Unión Europea. Esta declaración informativa se presenta trimestralmente coincidiendo con la presentación de las autoliquidaciones.

otras declaraciones informativas e impuestos

DECLARACIÓN ANUAL DE OPERACIONES CON TERCEROS

Hablamos del modelo 347. Se presenta anualmente en febrero y consiste en el envío de un listado de proveedores / acreedores y clientes con los que hemos o nos han facturado más de 3.005,06 euros, IVA incluido.

DECLARACIÓN DE OPERACIONES INTRACOMUNITARIAS

De la misma manera que existe el modelo 347, también tenemos el modelo 349 que consiste en el mismo tipo de listado, pero en este caso sin cantidad mínima y relativo a operaciones que realizamos con la Unión Europea. Esta declaración informativa se presenta trimestralmente coincidiendo con la presentación de las autoliquidaciones.

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